La Ley de Economía Digital: la oportunidad que México no puede volver a perder
Por Osvaldo Hernández Olivera.
Abogado en Derecho Informático | Opinión Legal sobre Tecnología y Futuro
El comercio electrónico mueve 860 mil millones de pesos al año en México. La ley que debería gobernarlo todavía no existe. En 2027 el Congreso tiene una cita con la historia. Que no llegue tarde, otra vez.
El comercio electrónico en México movió 860 mil millones de pesos en 2024, según la Asociación Mexicana de Ventas Online. Esa cifra equivale a casi el cuatro por ciento del PIB nacional y crece a doble dígito cada año. Detrás de cada transacción hay un contrato, hay datos personales, hay una obligación de entrega, hay un consumidor con derechos y, con frecuencia, hay un conflicto.

Y sin embargo, el marco jurídico que gobierna todo eso sigue siendo un mosaico de parches: el Código de Comercio de 1889 con reformas digitales a cuentagotas, la LFCE, la LFPDPPP, la Ley Fintech, la LFTR y una jurisprudencia que improvisa donde el legislador no llegó. La Ley de Economía Digital que el gobierno federal ha anunciado para 2027 es la oportunidad de corregir eso de una vez. Siempre que llegue a buen puerto, lo que en México nunca debe darse por sentado.
El diagnóstico es conocido. Los contratos electrónicos se rigen por el artículo 89 del Código de Comercio, que reconoce la validez del consentimiento digital pero no regula ni los términos de servicio abusivos, ni las cláusulas oscuras de suscripción, ni la cancelación unilateral de cuentas por plataformas. La protección al consumidor digital recae en la Profeco, que carece de facultades sancionadoras proporcionales frente a plataformas transnacionales que facturan más que el presupuesto de varios estados.

La facturación electrónica y la firma digital funcionan en el ámbito fiscal con estándares del SAT, pero fuera de ese ámbito no existe un régimen uniforme de autenticación digital que dé certeza jurídica a las transacciones entre particulares. El resultado es que el mercado más dinámico de la economía mexicana opera con las reglas más viejas del andamiaje legal.
Una Ley de Economía Digital sólida debería resolver al menos cinco cuestiones que hoy son tierra de nadie: el régimen jurídico de los contratos de plataforma y los términos de servicio como contratos de adhesión fiscalizables; la responsabilidad de los mercados digitales por productos defectuosos vendidos a través de sus plataformas; los estándares mínimos de identidad digital para transacciones de alto valor; el régimen tributario del comercio transfronterizo digital y la recaudación del IVA a plataformas extranjeras sin establecimiento permanente; y la portabilidad de datos del consumidor entre plataformas competidoras.

Cada uno de esos puntos tiene implicaciones directas para millones de mexicanos que compran, venden, trabajan y ahorran en entornos digitales sin saber exactamente cómo los protege —o no los protege— la ley.
El riesgo, como siempre, es la ley de papel: un ordenamiento que suene moderno en la exposición de motivos y sea inoperante en la práctica por falta de autoridad con dientes, presupuesto asignado y sanciones proporcionales. La Ley Fintech de 2018 fue un avance real; su reglamentación tardó años y sigue incompleta. La LFPDPPP cumplió quince años sin una reforma sustantiva. El patrón es conocido: leyes que se aprueban con fotografía y conferencia de prensa, y que duermen en el Diario Oficial mientras el mercado sigue creciendo sin ellas.

Una Ley de Economía Digital en 2027 que no incluya un régimen sancionador efectivo, una autoridad coordinadora con presupuesto y un mecanismo de actualización periódica obligatoria no será una ley: será un comunicado de prensa con número de decreto. El T-MEC se revisará en 2026. La presidencia pro témpore de México en diversos foros multilaterales de economía digital se acerca.
El momento político para legislar es ahora: si el Congreso llega tarde, otros —las plataformas, los socios comerciales, los organismos internacionales— seguirán llenando el vacío con sus propias reglas. Y México otra vez, habrá llegado a la mesa cuando ya se había servido el plato. Una economía digital sin ley propia no está desregulada: está regulada por quien tiene el poder de imponer sus condiciones y en el comercio digital, ese quién no somos nosotros.







